La ley que regula los casos de abortos no punibles fue aprobada con 30 votos positivos y 29 negativos de la bancada del PRO y los aliados.La ley quedó aprobada luego de un intenso debate en cual los referentes del tema del aborto de cada bloque expusieron sus puntos de vista y que dejaba ver una clara contraposición.

Así la norma supera al protocolo de atención de abortos no punibles que firmó el ex ministro de Salud Jorge Lemus antes de renunciar a su cargo.

Ese protocolo  fue considerado «como restrictivo» por los requisitos que impartía para el acceso al aborto, entre ellos, que en los casos de abuso la práctica debía hacerse como límite hasta las doce semanas de gestación.

Algunos diputados que celebraron la aprobación del proyecto admitieron que está la sospecha que el jefe de Gobierno de la Ciudad, Mauricio Macri, vete la ley, así como lo hizo en varias oportunidades con otras leyes que no consideró necesarias para la ciudad.

A raíz de esto, la diputada del Frente para la Victoria María Rachid sostuvo que esperan que este caso no sea parte de la cantidad de leyes vetada, y aseguró que con la aprobación de la norma se avanzó hacia el reconocimiento de los derechos de las mujeres y que tiene que ver con los principios que la Corte reconoció en relación a los casos de aborto no punibles.

Entre los temas centrales del texto aprobado, figura la prohibición a que se impongan obstáculos médicos, burocráticos o judiciales para acceder a la prestación de la conclusión del embarazo producto de una violación o de alto riesgo para la mujer gestante.

En tal sentido, refiere a “obstáculos” a  la intervención de varios profesionales en el diagnóstico, la participación de equipos interdisciplinarios, comités de ética o la exposición policial o judicial del hecho de violencia sexual que generó el embarazo.

Por tanto, para acceder a un aborto en caso de abusos “no resulta necesaria la denuncia de violación, ni la constatación del delito, sino que basta con una declaración jurada de la mujer prestada ante el profesional de la salud interviniente”.
Un médico diplomado y el consentimiento de la mujer encinta, son requisito general de todos los casos de aborto no punible.