Avanza el juzgamiento a Justo Fernando Barrientos por el ataque perpetrado contra cuatro mujeres en una pensión del barrio porteño. La querella y la fiscalía impulsan la figura de crimen de odio por discriminación de género y orientación sexual, un fallo que marcaría un hito en la jurisprudencia argentina.

Un crimen que conmovió al país

El proceso judicial por el letal ataque ocurrido en mayo de 2024 en un inquilinato de la calle Olavarría, en el barrio de Barracas, ingresa en su etapa decisiva. En el banquillo de los acusados se encuentra Justo Fernando Barrientos, imputado por arrojar una bomba casera (una botella con material inflamable) al interior de la habitación donde convivían cuatro mujeres.

Como consecuencia de la explosión y las graves quemaduras sufridas, fallecieron Pamela Cobbas, Roxana Figueroa y Andrea Amarante, mientras que Sofía Castro Riglos logró sobrevivir tras permanecer internada durante semanas con lesiones de diversa consideración.

La clave del debate: la calificación como crimen de odio

El punto neurálgico que atrae la atención de juristas, organismos de derechos humanos y colectivos de la diversidad radica en la encuadración jurídica de la acusación.

  • La postura del acusado y la defensa: Intenta sostener que se trató de un conflicto vecinal o un episodio derivado de alteraciones mentales.
  • El reclamo de la querella y las fiscalías: Sostienen que el ataque estuvo motivado de manera directa por el odio hacia la orientación sexual de las víctimas (lesbicidio). Exigen la aplicación de los agravantes contemplados en el artículo 80 del Código Penal, que contemplan la pena de prisión perpetua.

La relevancia de un veredicto emblemático

De acceder la Justicia al pedido de considerar la motivación basada en la orientación sexual como agravante de odio de manera explícita, el tribunal dictará una sentencia bisagra dentro del fuero penal argentino.

Diversas organizaciones acompañan las jornadas del debate oral exigiendo justicia y remarcando la importancia de visibilizar la violencia estructural dirigida a la comunidad LGTBIQ+. La resolución final no solo fijará la responsabilidad penal del acusado, sino que establecerá un antecedente doctrinario para la investigación y juzgamiento de futuros delitos motivados por la discriminación de género y la diversidad sexual en el país.